VEJEZ
La obtendras al final de tu vida laboral y al cumplir la edad
de 62 años si eres hombre, 57 si eres mujer.
Al momento de cumplir con los requisitos de pensión y en caso de tener el dinero suficiente tienes dos opciones.
RENTA VITALICIA: tu capital pasa a ser administrado por una aseguradora que asume el pago de tu pensión. En este caso el cápital no es heredable.
RETIRO PROGRAMADO:En esta opción sigues siendo dueño de tu cuenta individual, lo que permite que tu dinero pueda ser heredado por tus familiares.