SOBREVIVENCIA
Esta pensión se paga a los beneficiarios del afiliado o pensionado que ha fallecido.
MUERTE DE PENSIONADO: cuando el pensionado fallece, se verifica que los beneficiarios cumplan los requisitos contemplados por la ley.
MUERTE DEL AFILIADO: si el afiliado fallece, se revisa que haya cotizado 50 semanas en los tres años previos.Si lo ha hecho, se otorga pensión a los beneficiarios.